LIBRO VIGÉSIMO PRIMO. (continued 2)
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Traía muy alterados los ánimos la coincidencia de tales hechos, llegando a su colmo el desasosiego y la inquietud de los liberales al cundir la nueva, en la noche del 7 de marzo, de que Don Cayetano Valdés, gobernador de Cádiz, acababa de ser exonerado de su puesto por la Regencia, acto que se miró como precursor de violencias, e indicante de que se quería seguir por el escabroso y ahora olvidado sendero de lo que antes se llamaba razón de estado.
Confirmaba más y más semejante recelo el haber recaído el mando militar y político en Don José María Alós, gobernador de Ceuta, sujeto a quien se tenía entonces por de opiniones del todo opuestas a las del partido reformador, y que habiendo venido a Cádiz pocos días antes y conferenciado largamente con la Regencia, parecía destinado a cumplir órdenes ilegales y de atropellamiento, ya respecto de las Cortes, ya de sus individuos. A lo menos hubo de esto entre los diputados repetidos indicios y aun avisos, los cuales ahora mismo creemos no carecían de fundamento.
El Don Cayetano, de quien ya hemos tenido tanta ocasión de hablar honrosamente, infundía en todos confianza ciega, y mientras él permaneciese mandando, nadie temía que la Regencia saltase fuera del círculo de sus facultades, no siendo hombre Valdés de entrar en manejos ni ligas, ni de apartarse del orden legal, y sí solo marino rígido, cortado a la traza y modelo que en nuestra mente formamos de un español antiguo, de un Don Álvaro de Bazán, o de un Antonio de Leyva.
Para descubrir la causa primera de la separación de Valdés, será bien volver al asunto de la abolición del Santo Oficio. Dijimos entonces habían decidido las Cortes se leyese en todas las parroquias de la monarquía por tres domingos consecutivos un manifiesto en que se exponían los fundamentos que se habían tenido presentes para decretar dicha abolición; providencia que tomada solo con el buen deseo de ilustrar la opinión de los pueblos, interpretáronla torcidamente los partidarios de la Inquisición, y la miraron como inmoderado e insultante abuso del triunfo obtenido. Con eso, en Cádiz y otros puntos, crecieron cada día más los enredos y maquinaciones de los fanáticos y sostenedores de rancias y falsas doctrinas, ya porque victoriosas las armas aliadas, y libres muchas provincias, despertábase a la esperanza la ambición de todos, ya porque, dando la reforma agigantados pasos, temíanse sus enemigos que si se descuidaban no podrían contener el rápido progreso de aquella, ni avasallar a los que la protegían y le daban impulso. Era centro de semejantes manejos el nuncio de su Santidad, Don Pedro Gravina, hermano del general Don Federico que mandaba la escuadra española en el combate de Trafalgar, y pereció gloriosamente de heridas recibidas allí. Apoyaban al nuncio varios obispos que tenían sus diócesis en provincias ocupadas, y se habían acogido a las libres, señaladamente a Mallorca y Cádiz, e igualmente, aunque por debajo de cuerda, estimulábale a la oposición la misma Regencia, gobernada ahora por Don Juan Pérez Villamil.
Que se urdía trama entre individuos del clero contra el decreto de la Inquisición y la lectura del manifiesto, traslucíase por muchas partes; y al fin se tuvieron noticias ciertas de ello por medio de un aviso secreto que recibió el diputado eclesiástico Don Antonio Oliveros, de que se había pasado al cabildo de la catedral de Cádiz cierta circular, haciéndole sabedor de un acuerdo tomado en la misma ciudad entre varios prelados y personas conspicuas para impedir sin embozo la publicación en los templos del citado manifiesto. Directamente también el nuncio ofició (* Ap. n. 21-30.) sobre ello a la Regencia [*] en 5 de marzo, extendiendo sus reclamaciones hasta contra el decreto mismo de la supresión de la Inquisición, que ofendía [según expresaba] «a los derechos y primacía del romano Pontífice, que la había establecido como necesaria y muy útil al bien de la Iglesia y de los fieles.» Y es de advertir que esta nota se escribió en derechura a la Regencia, y se puso en manos de su presidente, sin remitirla por el conducto regular del ministerio de estado.
Requeríase, para la ejecución de lo que se proyectaba, la separación de Valdés, aunque no fuesen tan allá como algunos se imaginaban los aviesos intentos de los maquinadores, y se limitasen solamente a estorbar la lectura del manifiesto y publicación en las iglesias del decreto de abolición del Santo Oficio. Porque Valdés no chanceaba cuando hablaban las leyes, y a él correspondía, como autoridad suprema de Cádiz, hacer que en esta ciudad se cumpliesen las dadas por las Cortes respecto de la Inquisición. Que no era, además, partidario suyo habíalo probado ya felicitando a las Cortes por haberla suprimido, a la cabeza del ayuntamiento gaditano, cuya corporación presidía.
Tocaba ser el domingo 7 de marzo cuando en Cádiz debían leerse por primera vez el manifiesto y decretos insinuados. Con los rumores y hablillas que habían corrido, ansiaban todos llegase aquel día, y asombrados quedaron al cundir la noticia, en la noche del sábado 6, de haber la Regencia del reino quitado el mando al gobernador militar y jefe político Don Cayetano Valdés. No tuvo por tanto efecto, en la mañana del domingo, lo providenciado por las Cortes, permaneciendo silenciosos los templos, sin que se leyese en sus púlpitos nada de lo mandado acerca de Inquisición. Tal desobedecimiento alteró sobremanera a los diputados liberales y al público sensato, recelándose muchos fuese cierto que se quería atropellar alevemente a varios individuos de las Cortes; plan atribuido a la Regencia, cuyos malos deseos, por más que se comprimiesen y ocultasen, traslucíanse y reverberaban.
Preparados los diputados liberales, creyeron ser coyuntura aquella de arrojarse a todo y jugar a resto abierto. Aguardaron, sin embargo, a que la Regencia se explicase. Llegó luego este caso en la sesión del lunes 8, en que dio parte el ministro de Gracia y Justicia, por medio de un oficio, de tres exposiciones que le habían dirigido el vicario capitular de la diócesis de Cádiz, los curas párrocos de la misma ciudad, y el cabildo de la iglesia catedral; alegando las razones que les habían impedido llevar a debido cumplimiento el decreto de 22 de febrero, que mandaba se leyese en todas las parroquias de la monarquía el manifiesto de la abolición de la Inquisición. Paso descaminado de parte de la Regencia, y por el que resulta contra ella o que obraba de connivencia con el clero, o que carecía de suficiente firmeza para hacer se obedeciesen las determinaciones supremas.
Los diputados, que estaban concertados de antemano, pidieron, y así se acordó, que se declarase permanente aquella sesión hasta que se terminase el negocio del día. Habló primero el señor Terán, pronunciando un discurso que conmovió al auditorio, diciendo en contestación a (* Ap. n. 21-31.) varias razones alegadas por el clero:[*] «¡Ojalá se hubiese tenido siempre presente el decoro y respeto debido a tan santos lugares, y que no se hubiese profanado la casa del Señor y la cátedra del Espíritu Santo, alabando, ¿a quién?... al perverso Godoy; a ese infame favorito, símbolo de la inmoralidad y corrupción que ha precipitado a la nación en un abismo de males!... ¡Profanación del templo por leer el decreto de V. M., cuando hemos visto colocado el inmundo retrato de aquel privado a la derecha del altar mayor!... ¿Cómo no lo rehusaron entonces?... ¡Ah, Señor! El celo y la piedad parece estaban reservadas para oponerse únicamente a las resoluciones soberanas dictadas con toda madurez, y para frustrar las medidas que con la más sana intención proponemos los que nos gloriamos de conocer y amar la verdadera religión, y procuramos en todo el mayor bien de la patria... Señor, yo no puedo más...» Embargaron aquí abundantes lágrimas la voz del orador; lágrimas sentidas que brotaban del corazón, y que produjeron efecto maravilloso, como que no eran fingidas ni de aparato, a la manera de otras que en semejantes casos hemos solido ver.
Tomó en seguida la palabra el señor Argüelles, y después de un discurso notable concluyó por formalizar esta proposición. «Que atendiendo a las circunstancias en que se hallaba la nación, se sirviese el Congreso resolver que se encargasen provisionalmente de la Regencia del reino el número de individuos del consejo de estado de que hablaba la Constitución en el artículo 189, agregándole, en lugar de los individuos de la diputación permanente, dos individuos del Congreso; y que la elección de estos fuese en público y nominal.»
El artículo de la Constitución que aquí se citaba decía: «En los casos en que vacare la corona siendo el príncipe de Asturias menor de edad, hasta que se junten las Cortes extraordinarias, si no se hallaren reunidas las ordinarias, la Regencia provisional se compondrá de la reina madre, si la hubiere, de dos diputados de la diputación permanente de las Cortes, los más antiguos por orden de su elección en la diputación, y de dos consejeros del consejo de estado, los más antiguos, a saber: el decano y el que le siga, si no hubiere reina madre, entrará en la Regencia el consejero de estado tercero en antigüedad.»
Idéntico en nada este caso con el actual, podía solo descubrirse la conformidad entre ambos, o a lo menos la semejanza, atendiendo a la urgencia y sazón del tiempo, y a querer ciertos diputados precaver, madrugando, los malos designios que suponían en la Regencia. Así que aprobose con gran mayoría la proposición del señor Argüelles, si bien no se puso en ejecución más que la primera parte, esto es la de «que se encargasen de la Regencia provisional los tres consejeros de estado más antiguos», suspendiéndose la otra en que se hablaba de diputados, por consideraciones personales y laudables, rehuyendo siempre estos de que se les achacasen miras interesadas en donde no llevaban sino las del bien del estado.
Elección de nueva Regencia.
Los tres consejeros de estado más antiguos presentes entonces en Cádiz eran Don Pedro Agar, Don Gabriel Ciscar, y el cardenal de santa María de Scala, arzobispo de Toledo Don Luis de Borbón, hijo del infante Don Luis, hermano que fue del rey Carlos III. A los dos primeros, ya antes regentes, bien que no asistidos de todas las exquisitas y raras prendas que a la sazón requería la elevada magistratura con que se les investía de nuevo, por lo menos teníaseles con razón por leales y afectos a las reformas. Adornaban al cardenal acendrada virtud, juicio muy recto e instrucción no escasa; mas, criado en la soledad y retiro de un palacio episcopal de España, era su cortedad tanta que oscurecíanse casi del todo aquellas dotes, apareciendo a veces pobreza de entendimiento lo que tan solo pendía de falta de uso y embarazo en el trato de gentes. Aunque por antigüedad tercero este en número, escogiósele a propuesta del conde de Toreno para presidente de la nueva Regencia, según lo indicaba la excelsa clase que ocupaba en el estado y su alta dignidad en la Iglesia.
Su instalación en 8 de marzo.
Verificados estos nombramientos, y extendidos allí mismo los decretos, comunicáronse sin tardanza las respectivas órdenes. A poco juraron en el seno de las Cortes los tres nuevos regentes, y pasaron inmediatamente a posesionarse de sus cargos. Era ya entrada la noche y hora de las nueve, sereno el tiempo, y rodeados los regentes y los diputados de la comisión que los acompañaba, y en cuyo número nos incluyeron, de una muchedumbre inmensa que poblaba el aire de vítores y aplausos. Instalamos en sus sillas, los que para ello íbamos encargados, a los nuevos regentes, sin que los cesantes diesen señal alguna de resistencia ni oposición. Solo pintose en el rostro de cada cual la imagen de su índole o de sus pasiones. Atento y muy caballero en su porte, el duque del Infantado mostró en aquel lance la misma indiferencia, distracción y dejadez perezosa que en el manejo de los negocios públicos: despecho, Don Juan Pérez Villamil y Don Joaquín Mosquera y Figueroa, si bien de distintos modos: encubierto y reconcentrado en el primero, menos disimulado en el último, como hombre vano y de cortos alcances, según representaba su mismo exterior siendo de estatura elevada, de pequeña cabeza y encogido cerebro. Aunque enérgico, y quizá violento a fuer de marino, no dio señas de enojo Don Juan María Villavicencio, y justo es decir en alabanza suya que poco antes había escrito a los diputados proponedores de su nombramiento que vista la división que reinaba entre los individuos del gobierno, ni él ni sus colegas, si continuaban al frente de los negocios públicos, podían ya despacharlos bien, ni contribuir en nada a la prosperidad de la patria. Casi es por demás hablar del último regente, de Don Ignacio Rodríguez de Rivas, cuitado varón que acabó en su mando tan poco notable y significativamente como había comenzado; debiendo advertirse que al nombrarle de la Regencia, estando todos convenidos en que hubiese en ella dos americanos, no se buscó en la persona del elegido ni en la de Don Joaquín Mosquera otra circunstancia sino la del lugar de su nacimiento; agradando también el que ni uno ni otro se inclinaban a proteger la separación e independencia de las provincias de ultramar, cualidad no común y a veces peregrina en los que allá recibieran el ser.
Administración de la Regencia cesante.
Llamaron a esta Regencia la del Quintillo, por componerse de cinco y en signo de menosprecio; desestimador siempre suyo el partido liberal, de influjo ya en la opinión y de mucha pujanza. Hubo tres tiempos en su gobernación: el anterior a la llegada de Inglaterra del duque del Infantado, el posterior hasta la salida del conde del Abisbal, y el último que tuvo principio entonces con la entrada de Don Juan Pérez Villamil, y terminó en la separación de la Regencia entera y nombramiento de otra nueva. En el primer periodo no se apartó la antigua del partido reformador que componía la mayoría de las Cortes; en el segundo algún tanto, aunque no aparecía mucho el desvío por ser cabecera y guía el conde del Abisbal, nacido con natural predominio en materia de autoridad y de aventajadas partes para el gobierno a pesar de los lunares que le deslucían. En el tercero saltó a los ojos de todos el desapego, acabando por aversión no disfrazada que acrecía el carácter envidioso y acre de Villamil, contrarrestado en sus inclinaciones y deseos por los dictámenes de las Cortes y sus providencias. Verdad es que en esta sazón salieron de tropel a la escena pública cuestiones graves, origen de mayor discrepancia en las opiniones, y que nacieron de la evacuación de varias provincias, del asunto de la Inquisición y de los frailes, bastante cada uno de por sí para sentar bandera de desunión y de lid muy reñida.
Acontécenos, al tener que hablar de la administración de esta Regencia y de sus medidas en los respectivos ramos, lo mismo que en el caso de su antecesora, sobre la cual dijimos que al lado de autoridad tan poderosa como la de las Cortes, disminuíase la importancia de otra, no siendo la misma potestad ejecutiva sino mera ejecutora de las leyes y aun reglamentos que emanaban de la representación nacional, y de cuyo tenor hemos hablado sucesivamente al dar cuenta de las sesiones más principales y sus resultas. Sin embargo, recordaremos ahora algunos puntos de que hicimos ya mención en su lugar, y tocaremos otros no referidos aún. Fueron los tratados con Rusia y Suecia y el asunto de la mediación los expedientes de verdadero interés despachados en este tiempo por la secretaría de Estado. Las de la Gobernación y Gracia y Justicia entendieron en todo lo relativo a la nueva organización y planta de las oficinas y tribunales de las provincias conforme a la Constitución y a varias leyes y decretos particulares. Tarea penosa y ardua, y para la que no tuvo la Regencia ni la fortaleza ni el saber necesarios y aún menos la voluntad, prendas que se requieren en sumo grado si se ha de salir de tales empresas con aplauso y buen aire: mayormente tropezándose en la práctica, según sucede al establecer leyes nuevas, con dificultades y obstáculos que nunca prevé en la especulativa el ojo más suspicaz y lince. Por lo que respecta a Guerra el mando dado a lord Wellington y la nueva división de los ejércitos, indicada en su lugar, pueden mirarse como las determinaciones más principales tomadas en este ramo durante el gobierno de la Regencia de los cinco; pero que nacieron, en particular la primera, más bien del seno de las Cortes que de disposición y propio movimiento de la potestad ejecutiva. Había también ordenado esta, en punto a suministros, que para estorbar que se viesen acumuladas las obligaciones y pedidos de diferentes ejércitos sobre unas mismas provincias, se recogiesen los productos de diezmos, excusado, noveno y otros ramos en las comarcas que se iban libertando de enemigos, y se formasen grandes almacenes en señalados puntos con depósitos intermedios, cuyos acopios debían después distribuirse, en cuanto fuese dable, arreglada y equitativamente. Por desgracia, la súbita retirada en otoño del ejército aliado desde las márgenes del Ebro hasta la frontera de Portugal, malogró en parte la recolección de cereales en el abundoso granero de Castilla, aprovechándose el invasor de nuestro abandono y apresuramiento. En el inmediato verano no hubo en esto tan escasa dicha. Por lo demás, continuó el ramo de hacienda en lo general como hasta aquí. Las mudanzas que en él ocurrieron verificáronse meses después. La recaudación en las provincias desocupadas ejecutose con lentitud y tropiezos, no planteándose sino a medias o malamente la contribución extraordinaria de guerra, y siendo muy poco fructuosas las otras, relajada la administración, y teniendo en muchos parajes un exclusivo influjo en ella los jefes militares y sus dependientes, sin gran cuenta ni razón: inevitable consecuencia de tantos trastornos, invasiones y lides, y que solo remedia la mano reparadora del tiempo y un gobierno entendido y firme. En la tesorería central de Cádiz no entraban otros caudales que los de su provincia y aduana, invirtiéndose desde luego los restantes en sus respectivos distritos: ascendiendo aproximadamente la suma de los recibidos en dichas arcas de Cádiz a unos 138.000.000 de reales en todo el año de 1812; de ellos solo unos 15 procedían de América, inclusos los derechos devengados por plata perteneciente a particulares, que a tal punto iban menguando las remesas de aquellas regiones; y otros 14 o 15 de letras facilitadas por el cónsul inglés, pagaderas en Londres. Otros auxilios suministró directamente lord Wellington al ejército que avanzó a los Pirineos, pero de ello hablaremos más adelante, si bien fueron todos limitados para atenciones tantas.
Al estrecho a donde habían llegado los asuntos públicos, indispensable se hacía encontrar inmediata salida cambiando la Regencia del reino. Desunidas y en lid abierta las dos potestades ejecutiva y legislativa, una de ellas tenía que ceder y dejar a la otra desembarazado el paso. No ausente el rey y alterada la Constitución en alguna de sus partes, hubiérase presentado en breve a tamaño aprieto un desenlace obvio y fácil; pues, o los ministros se hubieran retirado, o hubiérase disuelto el poder legislador, convocándose al propio tiempo otro nuevo; con lo cual se desataba el nudo legal y sosegadamente. No se estaba entonces por desgracia entre nosotros en el caso de usar de ninguno de ambos remedios; y por tanto disculpable aparece la resolución que tomaron las Cortes, y de absoluta necesidad, bien considerado el trance en que se hallaban; pues si no, juzgaríamos su hecho altamente reprensible y de pernicioso ejemplo.
Nuevo reglamento dado a la Regencia.
A la nueva Regencia quitósele en 22 de marzo la condición transitoria de provisional, quedando nombrada en propiedad, así ella como su digno presidente, sin que se despojase a ninguno de los tres de las plazas que obtenían en el consejo de Estado. El reglamento que gobernaba a la anterior Regencia, dado en 26 de enero de 1812, se modificó con otro promulgado en 8 de abril de este año de 1813,[*] (* Ap. n. 21-32.) mejorándole en alguno de sus artículos. Tres individuos solos en lugar de cinco debían componer la Regencia: las relaciones de esta con los ministros y las de los ministros entre sí se deslindaban atinadamente, y sobre todo se declaró a los últimos, que fue lo más sustancial, únicos responsables, quedando irresponsable la Regencia, ya que la inviolabilidad estaba reservada a solo el monarca; creyendo muchos se afianzaría por aquel medio la autoridad del gobierno, y se le daría mayor consistencia en sus principales miembros; (* Ap. n. 21-33.) porque de no ser así, decía un diputado, resultan [*] «varios y graves males. Primero, la instabilidad de la Regencia, a la que se desacredita; segundo, la dificultad de defenderse esta por sí, y verse obligada a defenderse por medio de sus ministros, que quizá piensan de un modo contrario; tercero, las revueltas a que se expone el estado en la continua variación de Regencia, que es inevitable.» Doctrina cuya verdad confirmaba cada día la serie de los sucesos.
Oposición de prelados y cabildos a la publicación de decretos sobre Inquisición.
Por la separación de la Regencia de los cinco no se destruía del todo la oposición intentada contra la lectura del manifiesto y decretos de las Cortes sobre la abolición del Santo Oficio: quedando aún latente centella que pudiera estallar y producir en el reino extenso y voraz incendio.
Para dar idea cabal de este incidente, forzoso nos es volver atrás y añadir algo a lo ya referido, bien que nunca sea nuestro propósito entrar en muchos pormenores. (* Ap. n. 21-34.) Fue primer indicio de lo que se fraguaba una pastoral [*] o manifiesto, con fecha de Palma de Mallorca a 12 de diciembre de 1812, aunque impreso y circulado más tarde, y que firmaban los obispos de Lérida, Tortosa, Barcelona, Urgel, Teruel y Pamplona, acogidos a aquella isla huyendo de la invasión francesa. Comprendía la pastoral varios puntos, dividiéndose en capítulos encaminados a probar que la Iglesia se hallaba ultrajada en sus ministros, atropellada en sus inmunidades, y combatida en sus doctrinas. Desencadenábanse sus autores contra el Diccionario crítico-burlesco de Don Bartolomé Gallardo, y refutaban con ahínco las opiniones de algunos diputados, en especial de los que eran eclesiásticos y se tenían por jansenistas y partidarios del sínodo de Pistoya. Hacían también gala de doctrinas inquisitoriales y ultramontanas, apartándose de los grandes ejemplos que presentaban nuestros insignes prelados del siglo XVI, de quienes decía Melchor Cano al emperador Carlos V: «No fuera mucho que su escuadrón y el de hombres doctos de acá hiciera más espanto en Roma que el ejército de soldados que S. M. allá tiene.»
(* Ap. n. 21-35.)
Por el mismo estilo y en un rincón opuesto de España, en la Coruña, preparó otro papel [*] el obispo de Santander, si bien concebido en términos solo asonantes con el desbarro mental de que solía adolecer aquel prelado, subido ahora de punto hasta en el título y forma del escrito que publicaba actualmente, compuesto en octavas rimas.
Coincidían con la publicación de tales impresos los pasos dados en Cádiz por su cabildo y clero, cuyos individuos empezaron a tratar de resistencia, ya en 6 de febrero, dirigiéndose también a los cabildos comprovinciales de Sevilla, Málaga, Córdoba y Jaén, pidiéndoles «poderes o instrucciones para representarlos», y encargándoles el mayor secreto respecto de los legos y de los sacerdotes que no mereciesen su confianza.
Conducta del nuncio del papa.
Alma y centro de tan cautelosos manejos, el nuncio de su Santidad no se contentó con la nota que, de un modo irregular y según indicamos, había pasado a la Regencia en 5 de marzo, (* Ap. n. 21-36.) sino que con la misma fecha [*] escribió igualmente al obispo de Jaén y a los cabildos de Málaga y Granada exhortándolos a formar causa común con el clero de España, y a oponerse al manifiesto y decretos de las Cortes sobre la abolición del Santo Oficio.
Debates y resoluciones en las Cortes sobre esta materia.
De liga y peligroso bando calificaron algunos este suceso, no dándole otros tanta importancia, persuadidos de que todo se cortaría mudada la Regencia de los cinco, gran patrocinadora del enredo o trama. No se engañaron los últimos, pues el 9 de marzo, día inmediato al de la separación, habiendo hecho Don Miguel Antonio de Zumalacárregui y aprobado las Cortes la proposición de que «en la mañana siguiente y en los dos domingos consecutivos se leyesen los decretos...», conformose el clero con lo mandado, sometiéndose a ello pacíficamente y sin linaje alguno de oposición.
Causa formada a algunos canónigos de Cádiz.
Había una segunda parte, que también aprobaron las Cortes, en lo propuesto por el señor Zumalacárregui, y era que «en lo demás se procediese con arreglo a las leyes y decretos»; lo cual equivalía a mandar se examinase la conducta de las autoridades eclesiásticas que se habían mostrado desobedientes a las providencias soberanas; y entendiéndolo así la Regencia, determinó, por medio de Don Antonio Cano Manuel, ministro de Gracia y Justicia, que se formase causa a Don Mariano Martín Esperanza, vicario capitular del obispado de Cádiz, sede vacante, y a tres prebendados de la misma iglesia comisionados por el cabildo para entender en la materia, y ponerse de acuerdo con los de otras catedrales. Decidió además la Regencia quedasen todos cuatro suspensos de las temporalidades mientras durase el proceso. Severa resolución, pero merecida por el motivo que la provocó; pues el mandato de las Cortes a cuyo cumplimiento se oponía el clero, si bien indiscreto y quizá fuera de sazón, no era contrario a los usos de la primitiva Iglesia, ufana de que se publicasen en el templo las leyes civiles de los emperadores, ni tampoco a lo que se acostumbraba en España, desde cuyos púlpitos se leían a veces hasta los reglamentos penales sobre tabacos, sin que nadie motejase semejante práctica ni la apellidase desacato cometido contra la majestad del santuario.
Quejas de estos contra el ministro Cano Manuel.
Aunque asustados en un principio los canónigos, y por tanto sumisos, volviendo después en sí, cobraron ánimo poco a poco, y envalentonándose al fin por el amparo que les dieron algunos cuerpos y personas, y sobre todo por el que esperaban encontrar en el seno de las mismas Cortes, elevaron a estas en 7 de abril representaciones enérgicas, y se querellaron acerbamente de los procedimientos de que se decían víctima, pidiendo además Don Mariano Esperanza «la responsabilidad del ministro de Gracia y Justicia por la inexcusable infracción de Constitución hecha en su persona, y por la de otros decretos que expresaba.» Traíanle los clérigos a aquel ministro sobre ojo, por achacarle falsía en su porte, obrando, según afirmaban, de consuno con ellos, mientras la suerte se les mostró propicia, y abandonándolos cuando cambiada la Regencia se trocó aquella, y se trocó también la política del gobierno. Creyeron muchos no carecían de fundamento tales quejas, tachando al ministro quién de doble en su conducta, quién de inconsecuencia liviana. Nos inclinamos a lo postrero, según concepto que de él formamos entonces, y aun en tiempos más recientes.
Resolución sobre ello, y debates en las Cortes.
La exposición del vicario y la de los canónigos pasaron ambas a una comisión de las Cortes, la cual se manifestó discorde, declarando la mayoría no haber infracción de Constitución en la providencia del ministro, y la minoría por el contrario, que sí. Hasta el 9 de mayo no se discutió el punto en las Cortes, en donde también hubo diversidad y aun confusión de pareceres, votando diputados liberales con los que no lo eran, y mezclándose indistintamente unos y otros, por sospechar los primeros connivencia en un principio del ministro con los canónigos, y acusar los segundos al mismo sin rebozo de haber obrado engañosa y falazmente. Sin embargo Cano Manuel pronunció entonces en defensa propia un discurso que le honrará siempre, y superior quizá a cuantos hemos oído de su boca; probando ventajosamente que el gobierno, aun después de publicada la Constitución, tenía facultades para proceder conforme había hecho, y que teniéndolas las había ejercido con oportunidad. En el conflicto de opiniones e intereses tan diversos prolongáronse los debates por varios días; no se admitieron los informes de la mayoría ni de la minoría de la comisión; desecháronse otras proposiciones, y solo en la sesión del 17 de mayo se aprobó una que extendió el señor Zorraquín concebida en estos términos: «sin perjuicio de lo que resuelvan las Cortes, para no entorpecer el curso de la causa, devuélvase el expediente al juez que conoce de ella.» Esquivose así tomar una resolución definitiva y bien expresa, permaneciendo en respeto los partidos en que se dividían las Cortes, pues ni se accedió a la demanda de que se exigiese la responsabidad al ministro, ni tampoco se aprobó claramente su conducta, quedando todo como en suspenso. Manera de terminar en ciertas crisis los asuntos espinosos, nunca agradable a los hombres de opiniones encontradas y extremas, pero preferible a mantener en el público excitación viva e inquietudes peligrosas. Los canónigos procesados fueron después expelidos de Cádiz en virtud de fallo del juez que entendía en la causa; y aunque continuó sintiéndose por algún tiempo cierta agitación respecto de este negocio, en breve se apaciguó, yendo a perderse en el remolino de acontecimientos graves que a cada instante sucedían, y unos a otros se arrebataban.
Altercados con el nuncio y su extrañamiento.
Tocaba ahora a la nueva Regencia habérselas con el nuncio que tan desmedidamente se había propasado. Mostrole aquella su enojo en oficio de 23 de abril, dirigido por conducto del ministro de Gracia y Justicia, en cuyo contenido, después de echarle con razón en cara su desacordado porte, finalizábase por decirle que, (* Ap. n. 21-37.) aunque la obligación que incumbía a S. A. de [*] «defender el estado y proteger la religión, la autorizaba para extrañar a S. E. de estos reinos y ocuparle las temporalidades; con todo, el deseo de acreditar la veneración y el respeto con que la nación española había mirado siempre la sagrada persona del papa... detenían a S. A. para tomar esta providencia, habiéndose limitado a mandar que se desaprobase la conducta de S. E.» El nuncio en vez de amansar replicó en 28 de abril al de Gracia y Justicia altamente, y escribió además con la misma fecha a Don Pedro Gómez Labrador, ministro a la sazón de Estado, extrañando no viniese esta correspondencia por su conducto. Singular queja, procediendo de un nuncio que había enviado en derechura su primera nota a la anterior Regencia, olvidando las formalidades de estilo, y sin contar para nada con los ministros del despacho. Hízoselo así entender Labrador en respuesta de 5 de mayo, pidiéndole al propio tiempo nuevas y varias explicaciones. No las dio el nuncio satisfactorias; por lo que oído el Consejo de Estado, e insistiendo siempre Gravina en su propósito, resolvió la Regencia tomar en el caso una pronta y enérgica resolución. Así lo verificó, comunicando la orden al nuncio por medio de Don Pedro Gómez Labrador, de salir de estos reinos, y el aviso de que se le ocupaban sus temporalidades, remitiéndole igualmente sus pasaportes fechos en 7 de julio. Se le hizo la oferta de la fragata Sabina, que no admitió, para trasladarle con el decoro debido a donde gustase, retirándose por sí solo a la ciudad de Tavira en Portugal, punto cercano a España, y desde donde no cesó de atizar el fuego de la discordia sacerdotal. La Regencia publicó por entonces un manifiesto acerca de lo ocurrido; también otro el nuncio, bien que el de este no salió a luz hasta el inmediato enero de 1814.
Sin motivos tan graves, los reyes más piadosos de España hicieron a veces en tiempos antiguos lo que ahora la Regencia, (* Ap. n. 21-38.) extrañando de sus tierras a los legados de Roma que se desmandaban.[*] «Muy determinados estamos [decía en cierta ocasión Don Fernando el Católico al conde de Ribagorza] si S. S. no revoca luego el breve e los autos en virtud de él fechos de le quitar la obediencia de todos los reinos de Castilla e de Aragón, e facer otras cosas e provisiones convenientes a caso tan grave e de tanta importancia...» Y después en la misma carta... «al cursor que os presentó dicho breve... si le pudiérades haber, faced que se renuncie o se aparte... e mandadle luego ahorcar... e ellos al papa e vos a la capa.» Lo mismo ejecutaron los reyes sus sucesores, incluso Felipe II, quien, cansado una vez de las malas pasadas que le jugaba la corte de Roma, expulsó al fin de estos reinos al nuncio, aunque para honrarle hízole llevar en un coche de la casa real.
Hubo en el enfadoso e intrincado negocio de la publicación en los templos del manifiesto y decretos sobre Inquisición, imprudente porte en unos, error y tenacidad en otros, pasión en casi todos. Más hubiera valido que las Cortes, contentándose con la abolición de aquel tribunal, no se hubiesen empeñado, aunque con sana intención, en llevar más allá su triunfo, pregonándole en las iglesias: también que el cabildo y clero de Cádiz, ya que no hubiese obedecido cual debiera los preceptos soberanos, se hubiese a lo menos limitado a representar acatadamente, sin propasarse a entablar correspondencia con prelados y otras corporaciones que llevaba asomo de bando o liga. Por ambas partes enardecidos los ánimos, achacáronse todos mutuamente culpas no merecidas quizá, y se abultaron en extremo las miras siniestras y los malos hechos, interpretándose torcidamente en las Cortes y en los clérigos lo que en ellas solo fue efecto de un laudable pero equivocado celo, y en ellos, más bien que otra cosa, extravíos de una piedad poco ilustrada, movida por afanosos temores del porvenir. Adoleció de lo mismo la Regencia de los cinco, agravado el mal en ella por la secreta y profunda aversión contra las Cortes de algunos de sus individuos. Quien faltó, y sin disculpa, fue el nuncio de S. S. En sus procedimientos no hizo cuenta ni del estado de España ni del suyo particular. Dar pábulo entonces a desavenencias entre las autoridades civil y eclesiástica era acarrear desventuras a la causa peninsular, en gran detrimento del Vaticano mismo, cuyo nuncio, desempeñando ahora un ministerio muy disputable en cuanto a la legitimidad de su ejercicio, por hallarse incomunicado y cautivo el papa, expúsose a que se le desconociese, comprometiendo así los intereses más sagrados de la religión, y en especial los de la silla apostólica. Su extrañamiento pareció a todos tan justo, que no vaciló en llevarlo a ejecución Don Pedro Gómez Labrador, en quien mediaban motivos de afecto a los romanos pontífices, como compañero que había sido de Pío VI, antecesor del actual, en sus viajes de persecución y destierro.
Disputa de precedencia con la Rusia.
Este Don Pedro, que mostró en aquel acto laudable entereza, convirtió luego esta en obstinación porfiada al tratarse de un asunto que en sus resultas hubiera podido ser grave, aunque fuera en sus apariencias leve, (* Ap. n. 21-39.) reduciéndose a una disputa de mera etiqueta.[*] Fue el caso que con la llegada a Londres del conde, hoy príncipe de Lieven, embajador de Rusia cerca de aquella corte, ocurrió allí la duda de quién tendría el paso de precedencia, si este embajador o el de España, que era a la sazón el conde, después duque de Fernán Núñez. Asaltó por primera vez semejante duda con motivo de un convite que debía dar al recién llegado, en diciembre de 1812, lord Castlereagh, ministro de relaciones exteriores, quien embarazado, aunque inclinándose en favor del ruso, consultó primero con nuestro embajador, y le manifestó deseos de que se arreglase el asunto de común acuerdo y amistosamente. Avocáronse al efecto Fernán Núñez y Lieven, y desde luego convinieron ambos en adoptar la alternativa, empezando a usar de ella el de Rusia. Acomodamiento al parecer prudente y honroso, por el que entró nuestro embajador, anhelando evitar choques con la corte de San Petersburgo y desabrimientos con la de Londres. Pero antecedentes que en el negocio había, y de los que no era sabedor Fernán Núñez, fueron causa de que no agradase el convenio ajustado, y de que se calificase en Cádiz al que lo hizo de estadista ligero y no muy cuerdo. Para determinar de qué lado estaba la razón, menester se hace traer a la memoria cosas pasadas, y enterar al lector de cuales eran los antecedentes enunciados.
Al tomar Pedro el Grande de Rusia el título de emperador, en vez de solo el de zar de que antes usaba, circuló a las potencias que le fueron reconociendo, una reversal en prenda de que la mudanza de título no alteraría en nada el ceremonial establecido anteriormente entre las diversas cortes. Renovábase por lo común esta reversal a cada sucesión que ocurría en el trono moscovita, y con ella, y bajo esta condición, reconoció el rey Carlos III a la emperatriz de las Rusias Isabel, acto que habían rehusado verificar hasta entonces los reyes sus predecesores. Al advenimiento al solio de Pedro III repitió la misma reversal la corte de San Petersburgo, (* Ap. n. 21-40.) y solo [*] Catalina II se negó a ello cuando ciñó la corona, si bien sustituyendo una declaración, firmada en Moscú a 3 de diciembre de 1762, en la que al paso que se anunciaba que en adelante no se renovarían las reversales de uso, manifestábase igualmente que el título de imperial no causaría «mudanza alguna en el ceremonial usado entre las cortes, el cual debía de subsistir en el mismo pie que antes.» Respondieron a este documento por medio de contra-declaraciones la Francia y la España, diciendo nuestro gabinete en la suya, fecha en 5 de febrero de 1763, que consentía en continuar dando el título de imperial al soberano de Rusia, siempre que este paso no influyese en nada respecto de la clase y de la precedencia establecidas entre las potencias, pues a no ser así, la España volvería a tomar su antiguo estilo, y rehusaría dar a la Rusia el título de imperial. Acordes en ello ambos gabinetes de Madrid y San Petersburgo, y no habiendo habido posteriormente tratado ni acto alguno que invalidase lo convenido en 1762 y 1763, claro era que la precedencia quedaba, y de derecho pertenecía a España, y que no podía disputársela fundadamente. Mas las variaciones de los tiempos, y lo obrado por nuestro embajador en Londres, aconsejaban se echase tierra al negocio, y se aprobase sin dilación la alternativa adoptada, reprendiendo solo al conde de Fernán Núñez por haber procedido con demasiada facilidad, y sin pedir instrucciones que le guiasen acertadamente en asunto para él nuevo. La razón y el interés público dictaban se hubiese seguido este rumbo, pero no fue así. D. Pedro Labrador, cual si estuviera en los días de poderío y gloria de Fernando el Católico o de Carlos V, no solo desaprobó la conducta del conde de Fernán Núñez, sino que también le mandó pasar una nota, reclamando del gobierno inglés la observancia de lo determinado y convenido entre Rusia y España en los años de 1762 y 1763; advirtiéndole además que en caso de no accederse a tan justa demanda [*] (* Ap. n. 21-41.) «se abstuviese él [conde de Fernán Núñez] de concurrir con el de Rusia en toda ocasión en que fuese preciso ocupar un puesto determinado, protestando de lo hecho para que no sirviese de ejemplar, por haberse ejecutado sin orden de la Regencia.» Desacordada resolución que enfrió la amistad de Rusia con España, dando lugar a que la corte de San Petersburgo exigiese, como paso previo de toda negociación, el que se retirase la nota citada. Labrador, pertinaz en su propósito, insistió no obstante a punto de decir, en un oficio de 7 de junio dirigido a Don Eusebio de Bardají, nuestro ministro en Rusia, que «aun era muy dudoso se creyesen las Cortes con facultades para variar lo determinado en tiempo de Carlos III.» Pasmosa ceguedad que no descubría este poder en un cuerpo en el que Labrador mismo había voluntariamente reconocido otro mucho mayor, cual era el de hacer la guerra y cambiar muy de raíz las leyes fundamentales del reino. Subió por fin el asunto a las Cortes, en cuyo seno desazonó a lo sumo el modo de conducirse del ministro de Estado; queriendo algunos vocales de la comisión diplomática, entre ellos D. Jaime Creux, arzobispo después de Tarragona, y más adelante individuo de la llamada Regencia de Urgel, que se le exigiese la responsabilidad; otros, de que fuimos parte, templaron el justo enojo de sus compañeros, y de acuerdo con el consejo de Estado lograron se limitase la decisión a recomendar a la Regencia concluyese prontamente un amigable arreglo con la Rusia, desaprobando además, en 11 de julio, el proceder de Labrador durante el curso de toda esta negociación, y en términos que a poco salió aquel del ministerio. Sin embargo no se concluyó tan en breve este asunto, empeñada la Rusia en que se retirase, antes de entrar en cosa alguna, la malhadada nota de Don Pedro Labrador, teniendo todo cumplido remate solo en mayo de 1814, en cuyo tiempo se adoptó la base de perfecta igualdad entre ambas coronas, y la alternativa en la precedencia.
Hemos narrado hasta aquí las reformas y las providencias políticas y de universal gobernación que, en los referidos meses de los años de 1812 y 1813, se ventilaron y decidieron en las Cortes y en la Regencia; muchas oportunas y grandiosas, otras no tan adecuadas y de menor tamaño, pudiendo las más mejorarse con lo que trae el tiempo y la experiencia enseña; la cual, gran maestra en todo, corrige y modera hasta el saber más profundo, convirtiéndole en seguro medio de asentar de macizo las instituciones y las leyes introducidas de nuevo en un estado.

RESUMEN
DEL
LIBRO VIGÉSIMO SEGUNDO.

Estado en Europa de las potencias beligerantes. — En España. — Ejército anglo-portugués. — Cuarto ejército español. — Tercer ejército. — Fuerzas francesas. — Ejército suyo del Mediodía y del Centro. — Ejército de Portugal. — Ejército del Norte. — Tropas francesas que salen de España. — Partida de Soult. — Mando de José. — Su partida de Madrid. — Sucesos varios. — Toman los españoles el fuerte del Cubo. — Sorpresa y refriega en Poza. — Peleas en las provincias Vascongadas. — Ataque de los franceses contra Castro-Urdiales. — Frústraseles su intento. — Segundo ataque contra Castro. — Toman los franceses la villa. — Correrías y hechos de Mina y los suyos. — Acontecimientos en la corona de Aragón. — Cataluña, primer ejército. — Segundo ejército. — División mallorquina. — Expedición anglo-siciliana. — Movimiento y situación del segundo ejército y de los anglo-sicilianos. — Disposiciones de Suchet. — Acción de Yecla. — Ataque de Villena por los franceses y pérdida de los españoles. — Refriega en Biar. — Acción de Castalla. — Campaña principiada en el norte de Europa. — También en España. — Movimiento de los aliados hacia el Duero. — Cooperación del cuarto ejército. — Prosiguen su marcha los aliados. — Abandonan los franceses y vuelan el castillo de Burgos. — Cruzan los aliados el Ebro. — Penalidades del ejército aliado. — Movimientos de los franceses y algunos choques. — Situación respectiva de los ejércitos. — Juicio sobre la marcha de Wellington. — Evacúan por última vez a Madrid los franceses. — Gran convoy que llevan consigo y manda Hugo. — Despojo de las pinturas y de los establecimientos públicos en algunas partes. — Prosigue Hugo su retirada. — Se junta al grueso de su ejército. — Movimiento del tercer ejército y del de reserva de Andalucía. — Ejércitos en las cercanías de Vitoria. — Batalla de Vitoria. — Gran presa que hacen los aliados. — Gracias que se conceden a lord Wellington. — Testimonio de agradecimientos al general Álava. — Persíguese a los franceses por el camino de Pamplona. — Y por el de Irún. — Encuentro en Mondragón. — En Villafranca. — En Tolosa. — Arroja el general Girón a los franceses del otro lado del Bidasoa. — Se rinden los fuertes de Pasajes. — También los de Pancorbo. — Persiguen los ingleses por Navarra hasta Francia a José. — Clauzel, su avance y retirada. — Entra en Zaragoza y se mete después en Francia. — Estancias de los aliados. — Pone Wellington sitio a San Sebastián y a Pamplona. — Resultado de la campaña. — Valencia. — Expedición aliada sobre Tarragona. — Se desgracia. — Otros sucesos en Cataluña. — En Valencia. — Evacúa Suchet la ciudad. — Prosigue su retirada. — Evacúan los franceses a Zaragoza. — Entra allí Durán. — Mina desbarata a Paris. — Le toma un convoy. — Sitia Durán la Aljafería. — Manda Mina en Aragón. — Se rinde la Aljafería. — Suchet se retira más allá de Tarragona. — Le incomodan y avanzan los españoles. — Estado de Aragón. — Contribuciones que pagó. — Estado de Valencia. — Contribuciones también que pagó. — Bellas artes.

HISTORIA
DEL
LEVANTAMIENTO, GUERRA Y REVOLUCIÓN
de España.
