← Table of contents
Colección de Documentos Inéditos Relativos al Descubrimiento, Conquista y Organización de las Antiguas Posesiones Españolas de Ultramar. Tomo 2, De Las Islas Filipinas, I

29.

Reading edition

(1565.—16 Mayo.)—Bando sobre los que hubiesen abierto sepulcros y extraido de ellos oro, joyas y otras preseas, y prohibiendo se abran en lo sucesivo sin la licencia correspondiente. (A. de I. Pat. 1, 1, 1/23.)

En la ysla de çubu de la de poniente de su magestad a diez y seys dias del mes de mayo de mill y quinientos y sesenta y cinco años el muy ylustre señor miguel lopez de legazpi governador y capitan general por su magestad de la gente y armada del descubrimiento de las yslas del poniente por ante mi fernando de rriquel escrivano de governacion de las dichas yslas dixo que por quanto a su noticia a venido que muchos españoles soldados y marineros an abierto en esta ysla de çubu muchos sepulcros y enterramientos de yndios naturales y en ellos se an hallado cantidad de oro y otras joyas y las personas que los an abierto y hallado el dicho oro no an acudido a manifestarlo ante su señoria ni ante los oficiales de su magestad para que su magestad cobre y aya sus reales quintos y derechos—por tanto que mandava y mando que se eche bando en forma de derecho que todos los que an abierto sepulcros de donde an sacado oro joyas e otras preseas y tienen oro e joyas de lo destas yslas abido en qual quier manera vengan a manifestar todo ello ante los oficiales de su magestad para que sobre ello se provea lo que conviene al servicio de su magestad y a buen Recavdo de su rreal hazienda so pena quel que lo contrario hiziere demas de perder todo el oro e otras preseas que tuvieren y ovieren sacado se procedera contra ellos conforme a justicia.

Otro si mando que de aqui adelante no se abra ninguna sepoltura ni enterramiento sin licencia de sus señorias para que se halle presente a ello una persona oficial del Rey o yo el dicho escrivano para que no aya fraude ninguno y se tenga cuenta y razon de todo so pena de quinientos pesos de minas y de volver todo lo que de la tal o sepoltura o enterramiento sacaren con el quinto tanto para la camara y fisco de su magestad y ansi lo pronuncio y mando y lo firmo de su nombre miguel lopez—paso ante mi fernando rriquel escrivano de governacion, &.

Vando.—Y este dicho dia mes y año suso dicho se echo vando en forma de derecho de lo contenido en este auto por boz de ypolito atanbor en presencia de mi el dicho escrivano junto a la posada del dicho señor governador ygual y junto a la posada del maese de campo mateo del sas estando presentes en la una parte y en la otra mucho numero de soldados doy fee dello fernando rriquel escrivano de governacion corregido con la oreginal fernando rriquel escrivano de governacion.

Explore with AITake your curiosity a little further.

Reading settings