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Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio (1 de 3)

Note 768 — AQUI SE COMIENZA LA PRIMERA PARTIDA. (continued 7)

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En el cód. B. R. 3., donde es ley XXV, continúa asi. “Et en estas edades, et en esta manera que es dicha en esta ley, deben dar los obispos las órdenes, et non dotra guisa. Nin deben otrosi muchos clérigos ordenar si non fueren convenientes, ca el derecho de sancta eglesia mas quiere que sean pocos et buenos, que muchos et sin pro. Otrosi non deben á ninguno dar dos órdenes sagradas en un dia, nin una órden sagrada con los quatro grados, nin deben aun dar los quatro grados á uno en un dia, fueras ende si lo hobiesen de costumbre en alguna eglesia que los diesen todos en uno. Et non tan solamientre deben catar estos embargos que habemos dicho en estas leyes en los que se han de ordenar para clérigos, mas aun en los que han de esleer para obispos.”

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