Note 663 — AQUI SE COMIENZA LA PRIMERA PARTIDA. (continued 6)
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En el códice B. R. 3. es ley LXVI, y tiene este epígrafe: Quándo es tenudo el mayoral de pedir perdon á sus menores, si les dixere palabras ademas; y dice asi. “Membrado debe seer et ha mucho de gardar el obispo ó el otro prelado qualquier que non faga soberbia en castigar á aquellos sobre que ha poder; pero si algunas vegadas pasase á mas que non debiese, et dixiese palabras sin guisa ó sobeianas, faciéndolo por castigo et non á mala parte, maguer yerre en ello, non es tenudo de rogarles quel perdonen, et esto porque non abaxe su hondra et su poder, homiliándose mucho; ca á las veces los prelados quando mucho se quieren homilliar et haber grant paria con los menores, ellos mismos los desprecian por ello, asi como dice la palabra de los sabios, que del muy grant afacemiento entre los seniores et los vasallos nasce despreciamiento al señorío, et por ende el prelado acrecer debe por su sabedoría la honra de su dignidad porque non sea despreciado. Mas si el prelado por razon de malquerencia pasase contra alguno, ó maltrayendol ó denostandol, tenudo es de rogarle quel perdone, ca tuertol fizo; et esto se proba por el evangelio, o dice: si quisieres ofrecer alguna cosa ante el altar, et acordares que tu cristiano ha querella de ti de tuerto quel feciste, dexa alli el oferenda que quisieres facer, et ve rogarle que te perdone, despues ven ofrecer. Pero este yerro que dixiemos mas de ligero debe seer perdonado al prelado que á otro hombre menor, ca apenas puede seer sin culpa el que ha conpania de gobernar et de castigar, que non diga ó non faga alguna cosa ademas por que ha de pecar.”