Note 586 — AQUI SE COMIENZA LA PRIMERA PARTIDA. (continued 6)
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En el códice B. R. 3. dice asi esta ley. “Postulacion et eleicion son dos maneras, ca postulacion quiere tanto decir como demandanza, et eleccion como escogencia; pero postulacion es carrera para poder venir á eleccion. Mas con todo esto non deben facer la postulacion sinon en aquellos que hobieren algunos de los embargos que dice en esta ley; empero santa eglesia tovo por bien demostrar primeramente quales deben seer postulados, et desi mostró á quien los deben demandar; et estableció que postulacion podiesen facer de los que non hobiesen edat de treinta anyos complidos, et otrosi de los que non hobiesen órden de epístola á lo menos, ó que non fuesen nascidos de casamiento de bendiciones, ó los que non hobiesen letradura qual pertenesce para obispo. Et otrosi tovo por bien que podiesen postular al que fuese obispo de otra eglesia, ó eleito confirmado, et estas postulaciones deben seer fechas al papa, et non á otro ninguno. Otrosi tovo por bien que pudiesen esleer monge ó calonge regular, ó otro de qual órden quier que sea; empero desque fuere esleido débenlo postular, et la postulacion destos atales ha de ser fecha á su abat, ó á su prior, ó á otro su mayoral de aquella órden donde fuere.”