Note 170 — LIBRO SEGUNDO ESPAÑA ROMANA
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Mommsen, Bürgerlicher und peregrinischer Freiheitschutz im römischen Staat en los Festgaben für Georg Beseler, Berlín, 1885, p. 265, sostiene que las legislaciones provinciales eran aplicables á todas las cuestiones relativas al derecho de las personas, y que la legislación imperial no tenía con respecto á ellas otro carácter que el meramente supletorio; pero como observa con razón Cucq, Revue critique d'histoire et de littérature de 1885, vol. I, p. 9-11, hay ejemplos que demuestran no haberse limitado los Emperadores á tan modesto oficio, aun en las materias de que se trata, y que cuando lo juzgaban oportuno no dudaban en derogar las costumbres locales.