Note 3 — Parte primera.
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La audiencia de Manila consta de sola una sala, que conoce y falla en segunda y tercera instancia de toda clase de negocios de las treinta y una provincias (hoy ya treinta y dos) que comprende su estenso territorio. Un rejente, cinco ministros y dos fiscales; su dotacion, que muy pocas veces se ve completa, y bajo el réjimen y forma de sustanciacion legal ordinaria que se observa, es imposible y de toda imposibilidad pueda dar pronto curso y fallo á los asuntos de su atribucion. Las diferentes comisiones ajenas de su ministerio que pesan sobre esos mismos majistrados, y muy graves muchas de ellas, es otro obstáculo, y no pequeño, para que se administre pronta y cumplida justicia. En efecto, la asesoría de rentas y de la superintendencia de la hacienda pública, que es un cargo mas que regular para tener en continua ocupacion á un buen letrado, si la ha de servir cual corresponde, ha estado desde 1829 hasta 1839, que se proveyó en un letrado particular, á cargo de los señores ministros de la audiencia, y con reales nombramientos, con olvido y desprecio de la ley de Indias3, que manda: los oidores no sean mas que oidores, y no tengan comisiones, mas que aquellas que su tribunal les confiera, etc. La asesoría del superior gobierno es otro destino como el anterior, y tambien ha estado desempeñado por un majistrado algunos años. En 1837 fue provisto en otro letrado particular. La auditoría de guerra y marina tambien fue servida algunos años por otro majistrado, y aunque en 1830 llegó el auditor de guerra nombrado por el Rey, y se encargó de su despacho, no asi la de marina que, sino padezco equivocacion, hasta hoy la desempeña el mismo majistrado. Es de advertir que estos destinos gozan asignaciones decentes, y tienen grandes emolumentos por razon de honorarios; y unos y otros, con los sueldos de ministros, los han gozado estos á la vez, cuando han servido esos empleos. El juzgado de bienes de difuntos y ausentes, institucion que conviene conservar y darla mejor forma, como despues se dirá por las razones que se espresarán en párrafo separado, es otro cargo que turna entre los majistrados de dos en dos años4, y en este juzgado hay asuntos de importancia; pero que sea de mucho ó poco bulto su entidad, es lo cierto que en él existen muy retrasados, y que su curso es en estremo lento, por no observarse la ley que manda se señale cada semana un dia para ver estos pleitos5. A la antigua junta superior de Real Hacienda (suprimida ya) concurria como vocal el rejente de la audiencia, y en su defecto el oidor decano ó ministro mas antiguo: los infinitos espedientes de que conocia, y á los que habia de dar salida con alguna preferencia, ocupaban mas de lo que puede decirse, y tanto mas, cuanto que en esta clase de negocios se acostumbró siempre marchar con mas cautela y cuidado, por la inmediata responsabilidad pecuniaria que ellos causaban, y la circunstancia particular de ser el único letrado que en sus decisiones intervenia el ministro de la audiencia, convencerá á cualquiera de la certeza de lo dicho, y de que visiblemente se iba en ellos con pies de plomo. Actualmente la junta superior contenciosa de hacienda la componen tres señores ministros, bajo la presidencia del superintendente jeneral subdelegado de la Hacienda6, y sus negocios, sino tantos como los de la antigua junta superior, no ceden en gravedad. La sala llamada de justicia, que es la que conoce en segunda instancia de los autos apelados del tribunal mayor y audiencia de cuentas, la componen igualmente tres señores ministros, y con vista del fiscal de lo civil, que lo es de la hacienda, conocen y fallan sobre tales autos, cuyos espedientes, procesos ó causas, pues á algunos los tres nombres le caben, son de suyos voluminosos, y complicados por su naturaleza é infinidad de puntos que abrazan, por lo que son objeto de ocupacion y gravedad; y aunque no de tanta, tambien distraen y ocupan los mismos negocios cuando estando en curso, son consultados á la sala ó junta llamada de ordenanza, que la componen el señor rejente ó ministro mas antiguo con el fiscal de lo civil, donde como para asesorarse, los remite á consulta el contador mayor cuando le parece. A la junta de almonedas tambien concurren los señores ministros y fiscal de lo civil, que tambien es ocupacion pesada y enfadosa. Por último, un señor oidor turna anualmente en el cargo de juez de hermandades y cofradías; otro es asesor de cruzada, jeneralmente lo es el decano, quien con el comisario y fiscal de lo civil, componen el tribunal de la bula, y creo gozan alguna gratificacion aunque pequeña. Otro es director del Monte Pio, otro protector, otro juez de esclavitudes y libertades, otro juez de hospitales y casas de recojimiento, y espulsion de casados á España7 estando separados de sus mujeres: ley caida en desuso como otras muchas buenas leyes: otro es juez de protocolos y jueces inferiores, y en todas estas dependencias hay ocupacion, pues no les faltan asuntos y diferentes negocios, y en todos por necesidad la marcha tiene que ser lenta y aun tardía, y mas los que en sí llevan complicacion ó alguna gravedad.