Note 85 — RECUERDOS Y BELLEZAS DE ESPAÑA. SEVILLA, CÓRDOBA, CÁDIZ. (continued 2)
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El primero que oprimió á los Cristianos de Córdoba con exacciones fué Alahor, tercero que gobernó á España en nombre del Califa de Oriente desde 715 hasta 719. De este afirma el arzobispo D. Rodrigo en su Historia de los Arabes, que los desustanció. El Pacense dá á entender que los Moros habian quitado algunos bienes á los Cristianos en tiempo de paz, y que Alahor se los volvió para sacar de ellos tributos. A los mismos Sarracenos que habian entrado en España con la primera conquista los encarcelaba y atormentaba para que declarasen los tesoros que habian escondido. Su sucesor Zama formó padron de todo lo que se debia tributar, haciendo partes de los bienes que poseían los Moros sin division ni señalamiento: en cuya conformidad distribuyó por suerte las posesiones, aplicando unas á los soldados y otras al fisco. A los Cristianos de las ciudades conquistadas por fuerza los gravó en la quinta parte, y á los que no opusieron resistencia les señaló la décima, segun refiere D. Rodrigo. Ambisa duplicó los tributos de los Cristianos, aumentando tambien el fisco con los bienes de los Judíos, como espresa el Pacense en el número 53 de la edicion del P. Florez. Yahia siguió los pasos de Alahor, pues segun el mismo autor (núm. 54), precisó á los Moros á que restituyesen á los Cristianos muchos bienes que les habian quitado en tiempo de paz. Los sucesores vivieron en casi continua guerra hasta que eligieron á Jusuf, el cual mandó hacer nuevo padron, borrando de la lista de los tributos á los Cristianos ya difuntos, pues en el tributo personal que bajo su antecesor Toaba satisfacian estaban tan oprimidos, que, como de Diocleciano y Maximiano escribe Lactancio, obligaban á los vivos á que le pagasen por los muertos.
Por estas noticias, que sumariamente estractamos de los historiadores Florez y Bravo, podrá formarse el lector una ligera idea de la esclavitud en que vivian antes de Abde-r-rahman I los miserables Cristianos de Córdoba bajo el solo concepto de las capitaciones y tributos. Pero nos resta añadir algo acerca del medio practicado para la cobranza de los tributos ordinarios bajo los Califas, que era probablemente el que se seguia en la época á que se refiere nuestra narracion. «El modo de las contribuciones, dice el citado Florez (Esp. Sagr., trat. 33, cap. 7), no era repartiendo el tributo por familias, sino exigiéndole á las mismas personas cuando los ministros las encontraban en público: de suerte que uno no pagaba por otro, sino cada uno por sí, y esto en caso de manifestarse, pues mientras se mantuviese recogido en casa, no le hacian estorsion, segun prueba el libro de Habitu Clericorum, escrito por el presbítero Leovigildo, para instruir á los clérigos que no salian al público por enfermedad, ó por el tributo que en cada mes pagaban los Cristianos: Ut qui ex nobis ad remanentes Doctores imbecillitate corporis præpediente dirigere gressus nequiverit, aut quem inquisitio vel census, vel vectigalis, quod omni lunari mense pro Christi nomine solvere cogimur, retinuerit; saltim nocturno tempore qui necessarium duxerit legat, etc. Esta reclusion por librarse de los tributos prueba que solo los pagaban cuando salian al público libres de toda estorsion si la enfermedad ó la pobreza los obligaba á mantenerse ocultos.»
De los tributos estraordinarios impuestos á los infelices Cristianos en tiempo de la persecucion sarracena se hablará mas adelante.