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Clásicos Castellanos

Note 1148 — TOMO SEGUNDO

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En el Manual de Navarro (1554, c. 27) puede verse todo lo de las censuras: Una glossa magistral colegió 50 descomuniones, puestas ipso facto, por solas las Clementinas, y otra antes 32, puestas por solos los textos del Sexto. Y antes ayuntó Host. 33 solas, que induzieron todos los textos de hasta su tiempo en el Decreto y Decretales con alguna del Sexto. De donde se sigue, quan escassos fueron los antiguos concilios y padres sanctos en descomulgar y quan francos los nuevos. Pues hasta el año de 1398 en que el Sexto se publicó, no se hallavan aun 33 casos, que en verdad se pueden resolver en menos de 126. Y por solo el Sexto se induzieron 32 y por solas las Clem. 50. Y después acá por las bullas de la Cena, por Extrava, sabidas y no sabidas y por constituciones provinciales, synodales, por visitaciones y reformaciones de seglares y religiosos, tantas que no ay cuento. La qual franqueza dió alguna ocasión, aunque no justa, á la escasseza de obedecer de los Lutheranos. Ya nuestra opinión seria bien que este sancto Concilio Tridentino apocasse, a lo menos quanto al foro de la conciencia, las que están dadas contra los subditos...» (c. 27, 49). «De las descomuniones reservadas al Papa, que no se contienen en la bulla de la Cena y primero de las que están en el Decreto y Decretales» (c. 27, 75). A éstas alude el Arcipreste, pues las otras son muy posteriores, como que son del Papa Julio III. Luego trata de los reservados á los obispos, etc. Manuales, tratados de confesores, como el del famoso doctor Martín de Azpilcueta Navarro: Manual de Confesores y penitentes, Medina del Campo, 1554, al cual he citado.

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