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Clásicos Castellanos

Note 1705 — TOMO SEGUNDO (continued 2)

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En post aqueste, después de este. Acaloñar, achacar como delito, imputar, ó caloñar, de caloña. Part., 2, 19, 2: Como home que puede desviar ó acaloñar muerte de su señor. Lo que perdonó Dios, lo que Dios nos dió como cosa natural y por consiguiente no puede tenerse por delito, el apetito carnal. Semejantes argumentos bien se ve que solían traerlos, cuando los pone el Arcipreste en su boca. ¡Abivad! estad ojo alerta vosotros.

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