Note 350 — Chapter XVII
Reading edition
"Ministerio de Hacienda y Comercio. "Lima, Junio 20 de 1860.
"En el expediente relativa a la medida tomada por el Administrador de la Aduana de Islay, impediendo la extraccion de cierto numero de plantas de cascarilla, ha recaido con fecha de hoy, el siguiente decreto.
"Visto este expediente, y atendiendo a que no esta prohibida por reglamento de Comercio, la extraccion de plantas de cascarilla, y a que de impedirse su exportacion, con detrimento de la libertad comercial que las leyes de la Republica, y ese reglamento protejan, no se conseguiria en manera alguna el objeto que el Administrador de la Aduana se ha propuesto al impedir el embarque de varias plantas de esa especie, se desaprueba dicha prohibicion, sin que por este se entiende que el Gobierno deja de apreciar el celo y patriotismo que revela en el preindicado Administrador la enunciada medida.
"Dios guarda a V. S., "Juan José Salcedo."