Note 77 — ÍNDICE
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En las cortes que principiaron en 1677, y finaron en enero de 1678, se encuentra el fuero que trata de la fiesta de Santa Isabel, que dice así: Los motivos de especial proteccion en los santos, hacen mas particular en los fieles la obligacion de su culto, y concurriendo en la gloriosa Santa Isabel Reina de Portugal, para la tutela de este Reino las singulares razones de haber nacido en él, y ser hija de sus Serenísimos Reyes, para mas lustroso esmalte de sus heróicas virtudes, y crédito glorioso de mismo Reino, empeña nuestro reconocimiento, y devocion á la mayor solemnidad de su fiesta: En cuya consideracion S. Magestad, y en su Real nombre el Exmo. D. Pedro Antonio de Aragon, de voluntad de la corte y cuatro brazos de ella, estatuye y ordena: que el dia de dicha gloriosa Santa, que se celebra á 4 del mes de julio, sea fiesta de corte; y que ninguno pueda trabajar ese dia en todo el Reino. Y que en su nombre se suplique á S. Santidad, para que se digne mandarla establecer fiesta colenda, como queda ordenado de el dia de nuestra Señora del Pilar: y para mayor demostracion de la cordial devocion de este Reino á tan gloriosa Santa, establece y ordena que de las tres ó cinco mil libras jaquesas, que segun fuero pueden gastar en cada un año los diputados, le hagan edificar una capilla ó altar.